Prevención de Blanqueo de Capitales

La Ley 10/2010, de 28 de abril y Real Decreto 304/2014, de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo afecta a sujetos que gestionen o intermedien en el movimiento de capitales y, por tanto, intervienen en el sistema financiero. Esta ley establece medidas preventivas y protocolos de actuación para los sujetos obligados con la finalidad de detectar y evitar un intento de blanqueo de capitales. 


En ARGENTA ABOGADOS prestamos servicios de asesoramiento a los sujetos obligados para dar cumplimiento a las medidas de diligencia debida, a las obligaciones de información y a la elaboración y puesta en marcha de sus procedimientos internos.


ARGENTA ABOGADOS asesora en:

  • Las comunicaciones al Servicio Ejecutivo (SEPBLAC) de las operaciones con indicios de blanqueo o financiación del terrorismo (por indicio o sistemáticas). 
  • La aplicación de medidas de diligencia debida en sus relaciones con los clientes. 
  • El nombramiento de un representante ante el Servicio Ejecutivo. 
  • La designación de un Órgano de control interno (OCIC). 
  • La elaboración de un Manual de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. 

Además, nuestro Despacho ofrece a sus clientes: 

  • La figura de Experto externo para la realización del examen anual de las medidas de control interno implantadas, cuando este examen proceda. 
  • Formación a sus trabajadores. La ley determina que el OCIC debe aprobar un plan anual de formación en la que deben obligatoriamente participar los trabajadores. 
  • El sujeto obligado debe, además, acreditar la realización de dicha formación. 

ARGENTA ABOGADOS propone formación E-Learning e Inmersiva 3D: 

  • Diseño de planes de formación en materia de prevención de blanqueo de capitales. 
  • Elaboración de contenidos. 
  • Formación a medida: usuarios, OCIC,… 
  • Resolución de consultas que, sobre la materia, pueda plantear el cliente. 
  • Asesoramiento en la respuesta ante los posibles requerimientos o inspecciones del Servicio Ejecutivo. 
  • Actualización sobre las novedades legislativas.