
Adaptación al sistema de Facturación Electrónica (Verifactu)
24/02/2025Caixabank no informó adecuadamente a los demandantes sobre cómo se calculaba el IRPH y su impacto económico. Se ocultó que el índice incluía comisiones y diferenciales aplicados por los bancos, lo que lo hace que el IRPH sea más caro que el Euríbor.
La sentencia número 82/25 de 7 de marzo obliga a La Caixa a devolver las cantidades cobradas indebidamente en aplicación del IRPH con los intereses legales correspondientes. Además deberá recalcular el cuadro de amortización del préstamo desde su origen, eliminando la cláusula declarada abusiva, y abonar las costas.
«Nosotros suscribimos la hipoteca en 2004 con la idea de que el IRPH era más estable que el Euríbor pero a partir de 2013 el IRPH quedó fijo. Pagábamos un 4 y pico por ciento frente al Euríbor, que estaba en el 1 o más bajo. Reclamamos al banco y nos respondió proponiéndonos que suscribiéramos con ellos un seguro de 5.000 euros para bajar 30 euros mensuales la cuota, que era de 715 euros. Nos sentimos engañados y estafados», explica María José Gómez.
Este matrimonio ya ha abonado los 150.000 euros del préstamo suscrito pero todavía le restaría por pagar otros 90.000 euros, con la cláusula anulada. «Todavía no sé cómo va a quedarnos, pero estoy segura que va a ser un gran alivio para una economía familia como la nuestra, con dos hijos», añade.
Lo que viene ahora es un cálculo entre los intereses que han pagado con el IRPH y los que habrían pagado con otro índice de referencia más favorable, como el Euríbor. La Caixa debe devolver las cantidades cobradas de más con intereses.
LA CAIXA NO LES INFORMÓ DE LAS CONSECUENCIAS NEGATIVAS DEL IRPH
Y así lo ha vio el magistrado Cáceres Ruiz, que ha fundamentado su decisión de declarar el carácter abusivo IRPH préstamo Caixabank en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ha establecido hasta en seis ocasiones en que una cláusula es abusiva si no permite al consumidor comprender sus consecuencias económicas (C-125/18, Gómez del Moral Guasch).
La más reciente, de fecha 12 de diciembre de 2024, establece que, aunque el IRPH sea un índice oficial publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), esto no exime a las entidades bancarias de su obligación de proporcionar información clara y comprensible a los consumidores sobre su funcionamiento y consecuencias económicas.
«La exigencia de que una cláusula contractual debe redactarse de manera clara y comprensible implica que, en el caso de los contratos de préstamo, las instituciones financieras deben facilitar a los prestatarios la información suficiente para que estos puedan tomar decisiones fundadas y prudentes», escribe el magistrado.
Una jurisprudencia que finalmente asumió la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Supremo al asumir que el IRPH era menos ventajoso que otros índices si los bancos no aplicaban el diferencial negativo aconsejado por el Banco de España en su Circular 5/1994, para no encarecer los préstamos.
El diferencial negativo era un mecanismo corrector para el IRPH, un índice que incluye, además de su interés nominal, comisiones y otros gastos inherentes a las hipotecas, lo que no ocurre con el Euríbor.
La sentencia del TJUE, de 13 de julio de 2022 (asunto C-265-22) permite cuestionar la transparencia en la comercialización de hipotecas referenciadas al IRPH y abre la puerta a la devolución de cantidades cobradas de más a los consumidores.
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